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Foto del escritorDaniel Muñoz

Tips para el asesor inmobiliario: La importancia de los procesos (parte 1)


¿Quién se queda con el Gato? Problemas conyugales

Una transacción inmobiliaria puede pasar a ser de lo mas sencillo y cómodo hasta un caos que te lleva por cada uno de los nueve círculos del infierno de Dante Alighieri.


¿Qué pasa si como profesional inmobiliario no llevas un orden y haces todo “Al ahí se va”? En esta ocasión mencionamos algo tan básico como los generales del cliente, particularmente de un tema que debe ser correctamente descrito.


Cuando se llena lo que llamamos un formato o una cédula de datos generales, puedes darte cuenta fácilmente a qué se dedica, si realmente cuenta con un RFC y CURP, pero tambien si está casado y bajo que régimen, Información por lo general muy sencilla de conseguir puesto que todos los clientes lo saben de memoria, pero… ¿y si el cliente miente? si por algo no tuviste la precaución de recabarla como debe ser puedes comenzar a tener errores que pueden ser muy caros para todos.

Por ejemplo, si es el caso del vendedor y éste resulta estar casado por bienes mancomunados y jamás se reportó, la operación puede llegar a invalidarse e incluso ser acusado de fraude, puesto que el cónyuge es propietario automáticamente al 50% de los bienes al momento de contraer matrimonio por ésta vía, lo que lo hace adquirente y partícipe tanto de derechos como obligaciones sobre los mismos, es decir que tiene que firmar OBLIGATORIAMENTE por su participación al momento de concretar una venta en escritura, explicado de otra manera, es como si tu vecino quisiera vender tu auto sin tu consentimiento, es total y completamente ilógico ¿verdad? este es el mismo caso.

¿Por qué algunas personas mienten sobre algo tan sencillo como esto?

Existen muchas razones, no quieren que su pareja se entere de la operación, puede ser que está vendiendo el inmueble para dar dinero a una casa chica, pudiera ser tambien porque va a donar el recurso de toda la vida de matrimonio a algún hijo perdido o tal vez quiera cumplir un sueño reprimido de comprarse un yate sin que se entere la pareja al ser un capricho, o simplemente debido a que quien vende continúa legalmente casado con una expareja a quien no desea entregarle dinero y además, la actual pareja o no sabe de esta situación o se hace que no sabe, (están en unión libre) o simple y vano egoísmo hacia el cónyuge, ojo, sucede tanto en hombres como en mujeres, créeme.

Claro que existen algunos candados (afortunadamente).

Desde hace algunos años ya, en las actas de nacimiento vienen acompañadas en las orillas por una copia en miniatura de un acta de divorcio en caso de haber existido, lo que facilita conocer este tipo de hechos y poder indagar del tema. A su vez, la notaría solicita y revisa todos los documentos de compra, para que, si en alguno de los mismos aparece el nombre de algún cónyuge (por ejemplo, alguna escritura de propiedad en donde firme alguien más) se pueda explicar y justificar el porqué ya no se le requiere firma, claro que con un comprobante legal de por medio, en caso contrario el notario puede negar la firma de escritura a menos que la otra persona acuda a ésta.


Cuando es el mismo escenario pero al momento de comprar, también es muy común este tipo de situaciones y casi por las mismas razones, tal ves se quiere comprar una casa para el amante o que se yo… esto es en verdad un verdadero dolor de cabeza y crea conflictos desorbitantes en la familia puesto que, al momento de adquirir si se dijo ser solter@, pudiera llegar a tener suerte de no requerir a la pareja para firma, ya que no es en estricto sentido necesaria su firma, sin embargo la ley es muy clara y en automático es partícipe del 50%, así que en el mejor de los casos, cuando quiera vender dicha casa necesitará, ahora si la obligada firma, lo que lo orillará a armar una historia muy sólida con la pareja para salir bien librado…

Esto suena muy gracioso (hasta que lo vives en carne propia) pero, ¿qué pasa si fallece?

Muchas veces, por no decir que todas, resulta muy mal para alguna de las partes, además de ser injusto en cualquiera de los escenarios ya que, si la familia “legal” jamás se entera de esta situación la propiedad puede ser adjudicada por omisión a lo largo de los años por no ser reclamada, como si fuera un “paracaidista” si se pone lista la segunda familia, ahí la familia legal sale perjudicada por simple desconocimiento.

En otro caso, además del infortunio de saber que el fallecido tenía otra familia y que se creía que era un santo, ahora sigue pelear por la propiedad y quitársela al amante, en donde si ya había procreado una segunda familia, es probable que se les deje desprotegidos y en la calle, en donde tambien es una situación por demás incómoda y a veces injusta (uno nunca sabe), pero legalmente es propiedad de la pareja oficial, quien casi en todos los casos, reacciona pasionalmente…

¡¿Todo esto puede pasar por solamente omitir ese detalle mínimo, insignificante y sin importancia?! La respuesta es sí.

Quitando el drama que puede llegar a producirse gracias a la mala decisión del contrayente, el asesor inmobiliario saldrá perjudicado de manera inmediata porque si no se realiza la operación como se establece legalmente, simplemente no procede y deja de ganar sus honorarios, además de verse como todo un novato y poner en tela de juicio tanto su habilidad como profesional del medio como sus intenciones (y quemar el oficio, desafortunadamente por unos perdemos todos).

¿Algún consejo? ¡Claro!


Para el asesor: necesitas si o si tener esa información, por lo que tienes que desarrollar tus habilidades psicoanalíticas o ser totalmente sincero y explicar el porqué de las cosas y sus consecuencias para que el cliente entienda los riesgos.


Para el contrayente: Al momento de contraer matrimonio pidan ser casados por separación de bienes, ya sea para tener libertar para haces sus locuras por separado o como estrategia fiscal esta opción es la mejor en TODOS los sentidos, pero ya será tema de otro de nuestros artículos…

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